P o l í t i c a s

y    t é r m i n o s

Contrato terapéutico

La lectura de estos términos es de obligada acción y responsabilidad individual a la hora de comenzar un proceso psicoterapéutico en Psicología Fortaleza.

En este despacho se siguen los principios de la psicología a nivel psicoterapéutico con extrema rigurosidad, y siempre se buscará la comunicación sincera y honesta con la persona.

Se debe plantear cualquier duda o pregunta al respecto de estos términos al profesional. El inicio del proceso implicará una aceptación implícita y adhesión a estos principios como acuerdo y marco de trabajo común.




El Colegio Oficial de Psicología de Madrid facilita un servicio de asesoría jurídica gratuita al profesional adscrito.




En Psicología Fortaleza no existe la posibilidad de recibir un servicio a través de aseguradoras o contratos que impliquen una facturación a través de terceros. No se mantiene relación alguna con compañías de seguros.




En Psicología Fortaleza no se aceptan ni se trabajan casos que estén relacionados con procesos legales y/o judiciales, ya estén en activo o pendientes de resolución.




No existe la posibilidad de obtener, ni se realizan, diagnósticos o evaluaciones psicológicas de carácter legal o vinculante, escritos o informes con carácter o consecuencias legales de ninguna clase, o participación en periciales o procesos judiciales. 

Para estas cuestiones es necesario acudir a un centro especializado/profesional sanitario habilitado para tales funciones.




En Psicología Fortaleza únicamente se trabaja en gestión de casos mediante psicoterapia enfocada a la población adulta.




Sólo se atenderá bajo cita previa, mutuamente acordada.




Sólo se atenderá a las personas con las cuales se haya pactado la cita previa concreta. Se reserva el derecho de admisión. La inclusión de terceras personas ha de ser avisada con antelación a la hora de pactar cualquier cita previa.




La disponibilidad en términos psicoterapéuticos del profesional fuera del horario de la sesión será limitada y en todo caso, circunscrita a la consulta informativa puntual. De darse alguna urgencia, no se puede asegurar la atención inmediata fuera de este horario.

En este caso, se rogaría a la persona el que dejara constancia de las circunstancias del evento vivido para, posteriormente y dentro del encuadre psicoterapéutico, trabajarlo dentro de los tiempos de la sesión.




Si no se comunica la cancelación/cambio de la primera sesión de consulta gratuita con al menos 48 horas de antelación,  se perderá la oportunidad de hacer uso de este primer servicio gratuito.




Los cambios y cancelaciones de las sesiones ordinarias se deberán avisar con un mínimo de 24 horas de antelación. En tal caso, el cambio de la sesión o su cancelación no conllevará coste alguno.




Si no se comunica la cancelación/cambio de la cita ordinaria pasadas las 24 horas de antelación, o no se asiste a la cita concertada, se considerará plantón, debiendo abonar el importe total de la sesión para poder continuar con el proceso terapéutico.




Existe un límite de un sólo cambio de sesión por semana, no pudiéndose encadenar sucesivos cambios de una sola sesión, independientemente de la situación que motive dicho cambio.

En tal escenario, se abonará el coste ordinario del segundo cambio de la sesión para poder continuar con el proceso terapéutico, considerándose a efectos prácticos una cancelación no justificada y/o plantón.




Si se comunica la cancelación/cambio de la cita ordinaria con menos de 24 horas de antelación se abonará la reserva, la mitad del coste de la sesión, como punto intermedio de respeto entre la comunicación de la cancelación o cambio, y el coste de la reserva del despacho por el que responde el propio profesional.




Los bonos de consulta no tienen una fecha límite de uso, siempre y cuando se utilicen dentro del mismo proceso terapéutico, encuadrado en un momento temporal determinado. Si se produce un abandono del proceso terapéutico, estos bonos perderán su validez.

La definición técnica de abandono implica una ruptura con el proceso terapéutico activo no acordada mutuamente sin llegar a cumplir los objetivos propuestos, o una repetida falta de compromiso con el encuadre que se haya apalabrado en un momento determinado.




Situaciones que generen una incapacitación de la persona y la fuercen a abandonar el proceso no entran dentro de la categoría de abandono, como en caso de accidente o ingreso psiquiátrico.

Dados estos acontecimientos o similares, y siempre tras previa autorización de la persona, el profesional podrá ponerse en contacto con sus familiares para aportar su apoyo en caso de que fuera necesario, manteniendo la confidencialidad del proceso psicoterapéutico en todo momento.




En algunos procesos psicoterapéuticos la finalización del trabajo se puede dar de forma natural, sin comunicación formal explícita o previa por parte de la persona que solicita el servicio. Esta realidad presente en muchos procesos es de hecho saludable, sinónimo de una ganancia en autonomía de la propia persona, que por sí misma deja de solicitar reuniones de consulta de una forma progresiva. 

En tal caso, se considerará el proceso como finalizado, estando siempre las puertas abiertas a un nuevo trabajo en equipo futuro si fuera necesario, considerándose, a efectos prácticos, el inicio de un nuevo proceso.




La pérdida de validez de los bonos no se dará en caso de una pausa del proceso terapéutico mutuamente acordada. En este caso, será posible la utilización de las sesiones restantes asociadas a éste bono tras la pausa mutuamente acordada, pues se mantendrá su registro en las notas de consulta.

La definición técnica de pausa implica un acuerdo entre la persona y el profesional de cara a la continuación del proceso en un futuro con fecha determinada.




Siempre se intentará, en caso de posible abandono, comunicarse con la persona e invitarla a retomar el proceso. No obstante, debido a una cuestión de economía de gestión, no se puede garantizar que esta comunicación se vaya a dar en todo momento.

Una situación de pausa en el tratamiento, prolongada en el tiempo, y mantenida a pesar de los intentos de invitación por parte del profesional para que la persona retome el proceso, entran dentro de la categoría de abandono y/o finalización del proceso.




En tal caso, el profesional comunicará a la persona que el proceso queda oficialmente terminado, independientemente de la comunicación que se tenga a continuación y/o del fuerte deseo manifestado por la persona acerca de continuar con el proceso.

En esta situación, únicamente será posible considerar el proceso como retomado si la persona acude a consulta reservando cita en un período no máximo a una semana tras la comunicación de la terminación del proceso realizada por parte del profesional.

No se hará ninguna excepción a este principio, sea cual sea el escenario, por respeto al tiempo tanto de la persona como del profesional.




En cualquier caso, la persona será libre de acudir a la consulta en el futuro tras un abandono, considerándose a efectos prácticos su reincorporación como el comienzo de un nuevo proceso psicoterapéutico.

Independientemente de las razones que motivaran el abandono, la persona siempre será bien recibida y se fomentará el compromiso con el nuevo proceso, analizando las posibles causas que motivaran la ruptura con el proceso anterior, y promoviendo una nueva alianza de trabajo en equipo que anime a la persona a comprometerse consigo misma y con el profesional.




Ya sea en caso de abandono, o de finalización satisfactoria y/o progresiva del proceso psicoterapéutico, la información contenida en las notas que se toman en cada sesión no es almacenada.

En estos casos, toda la información confidencial relacionada con la persona, incluida la asociada con el número de sesiones restantes en los bonos si las hubiere, es destruida inmediatamente por protocolo.




La suspensión del proceso terapéutico deberá ser avisada con suficiente antelación como para tener una última sesión de cierre. De lo contrario, se considerará abandono de la psicoterapia.

El abandono brusco del proceso puede resultar perjudicial para la persona y tener consecuencias negativas a nivel psicológico si no se maneja con el tiempo adecuado, por lo que este es un factor de extrema importancia.




No obstante, si es adecuadamente gestionado, el final del proceso psicoterapéutico suele resultar muy positivo y enriquecedor.




Estas políticas y términos sobre el encuadre de la consulta, la confidencialidad y el código deontológico constituyen pilares fundamentales del trabajo y acuerdo psicológico en equipo.

Su interiorización y consideración son sinónimos de un avance positivo y satisfactorio en el progreso psicoterapéutico.

Por lo tanto, se respetarán rigurosamente, por cortesía al tiempo, al esfuerzo y a la implicación de ambas partes, tanto por parte la persona, como por parte del profesional.


Logo del Colegio Oficial de Psicólogos de Madrid

Omar Milizia Aguilar

Psicólogo Colegiado M-38446